000 02081naa a2200217 i 4500
001 232960
003 ES-MaBCM
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008 260421s2016 sp ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _cES-MaBCM
100 1 _aVarela Castejón, Pablo
_9131367
245 1 3 _aEl proceso por aceptación de decreto en la LECrim
_cPablo Varela Castejón
520 _aEntre las novedades introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal por las reformas apro- badas a lo largo del año 2015, se cuenta la introducción de una nueva modalidad procesal, el proceso por aceptación de decreto. Se trata en este artículo de apuntar algunas referencias que sirven para explicar cómo llega el legislador a idear la introducción del nuevo proceso por aceptación de decreto en nuestra ley procesal penal. Se busca un repaso, lo más ágil posible, de algunos hitos del camino que nos ha llevado hasta la actual reforma de la LECrim, en este muy concreto aspecto de la regulación contenida en los artículos 803 bis a al 803 bis j de la ley. De lo alambicado de la estructura de la ley resultante, tras todas las reformas sufridas, da ya buena cuenta la estrambótica numeración que se ha visto obligado a emplear el legislador. Y, seguidamente, se trata de apuntar algunos problemas prácticos que en la aplicación real del procedimiento se p ¬lantearán, o más bien se plantearían caso de que se aplicara de verdad - que está por ver- considerando la regulación contenida en la norma finalmente aprobada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
610 1 0 _aEspaña.
_tLey de enjuiciamiento criminal, 1882
_9118279
610 1 0 _aEspaña.
_tLeyes, etc., procesales
_9117460
650 7 _aDerecho procesal penal
_958355
650 7 _aProcedimiento judicial
_959900
650 7 _aSentencia
_960230
773 _dMadrid
_gN. 2 (2016), p. 82-110 - En línea
_tRevista del Ministerio Fiscal
_w 232840
942 _2udc
_cAREV
999 _c232960
_d232960