000 01498naa a22001937i 4500
001 232037
003 ES-MaBCM
005 20251218133130.0
008 251218s2025 sp ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _cES-MaBCM
100 1 _aGómez-Lobato Lanzarote, Marisa
_9131058
245 1 3 _aEl uso de la enmienda parlamentaria para la aprobación de normas tributarias. :
_bespecial referencia a la reforma tributaria aprobada vía enmienda al proyecto de ley en materia de imposición mínima global
_cMarisa Gómez-Lobato Lanzarote
520 _aNuestro ordenamiento jurídico carece de disposición alguna que regule el contenido del derecho de enmienda. Tampoco lo hacen los reglamentos parlamentarios. Esto ha obligado al Tribunal Constitucional a conformar el alcance de este derecho, si bien desde una perspectiva ad casum no exenta de debate y oscilaciones interpretativas. Ello resulta particularmente controvertido cuando se aprueban normas por esta vía en el sensible ámbito tributario. Al análisis de la jurisprudencia en esta materia y, en particular, al potencial vicio de inconstitucionalidad del que adolece, a nuestro juicio, la reforma tributaria recientemente aprobada por el Gobierno vía enmienda, dedicamos el presente estudio.
610 1 7 _aEspaña
_b.Tribunal Constitucional
_951667
650 7 _aEnmienda
_958556
650 7 _aProcedimiento tributario
_959905
773 0 _dMadrid
_gn. 196 (2025), p. 83-113 - Loc. En línea
_tCrónica tributaria
_w104366
942 _2udc
_cAREV
999 _c232037
_d232037