000 02440nam a2200289 i 4500
035 _a(OCoLC)1142164495
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003 ES-MaBCM
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017 _aM.2217-2020
020 _a978-84-15276-86-9
040 _cES-MaBCM
100 1 _aLinde Paniagua, Enrique
_926734
245 1 0 _aTribunales de justicia españoles contra el estado democrático de derecho
_b: un ejemplo de cómo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo contencioso-administrativo), el Tribunal Supremo (Sala tercera) y el Tribunal Constitucional expoliaron un cargo público
_cEnrique Linde Paniagua
250 _a1ª ed.
260 _aBoadilla del Monte :
_bEdisofer ,
_c2020
300 _a415 p.
_c ; 22 cm
520 _aEl Estado Democrático de Derecho no es una cáscara vacía de contenido como pretenderían las resoluciones judiciales del TSJM, TS y TC, que han expoliado por activa o pasiva un cargo público. No es el Estado Democrático de Derecho, simplemente, un conjunto de reglas formales, de trámites y recursos. La realización del Estado Democrático de Derecho debe garantizar que, además de cumplirse por los Tribunales los trámites previstos en las leyes, las resoluciones judiciales tutelen efectivamente los derechos de los ciudadanos; que apliquen los valores y principios constitucionales; que garanticen especialmente el ejercicio de los derechos fundamentales; que respeten el principio de jerarquía normativa; que tengan en cuenta el Derecho internacional de los derechos fundamentales y la jurisprudencia de sus tribunales, Y cuando no es así, cuando los jueces y tribunales desprecian los valores y principios constitucionales, cuando ignoran la vulneración de los derechos fundamentales, cuando consideran que las disposiciones administrativas están por encima de las leyes, del Derecho internacional y de la jurisprudencia de los tribunales internacionales, se puede afirmar con rotundidad que los jueces y tribunales están contra el Estado Democrático de Derecho, aunque se hayan cumplido todos los trámites formales establecidos en las leyes.
650 0 _aJurisdicción judicial
_9121381
650 7 _aProcedimiento judicial
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