000 02123nam a2200301 i 4500
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035 _a(OCoLC)1198315985
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_d213263
003 ES-MaBCM
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017 _aNA.1818-2019
020 _a978-84-1309-962-0
040 _cES-MaBCM
100 1 _aGosálbez Pequeño, Humberto
_919977
245 1 3 _aLa denuncia administrativa
_b: el régimen de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
_cHumberto Gosálbez Pequeño
250 _a1ª ed.
260 _aCizur Menor, Navarra
_b : Aranzadi
_c , 2019
300 _a156 p.
_c ; 24 cm
490 0 _aMonografías Aranzadi
_v ; 1132. Derecho administrativo
504 _aBibliografía: p. 147-152
520 _aDiariamente, los ciudadanos presentan denuncias ante las Administraciones públicas. Y ¿qué sucede? La denuncia administrativa: ¿qué es?, ¿por qué existe?, ¿para qué se presenta?, ¿cómo se formula?, ¿quién es el denunciante?, ¿y el denunciado?, ¿qué hechos son denunciables?, ¿qué debe hacer la Administración ante la denuncia recibida?, ¿qué derechos y deberes tienen unos y otros sujetos? Preguntas debidas que reclaman respuestas. El Derecho administrativo no contiene aún una regulación adecuada de la denuncia administrativa, con la excepción de la denuncia formulada ante la Administración tributaria o ante la Administración laboral, por ofrecer una regulación reglamentaria específica ya consolidada. Es cierto que la Ley 39/2015 introduce mejoras en la escasa regulación administrativa general entonces vigente, pero, considerando la normativa sectorial existente, la jurisprudencia emitida y la doctrina científica, continúa siendo insuficiente, como se constata en esta obra.
610 1 0 _9119474
_aEspaña.
_tLey del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 2015
650 7 _aDenuncia
_958269
650 7 _aProcedimiento administrativo
_959896
650 7 _aAdministración pública
_957460
651 4 _aEspaña
_9115342
942 _cBK
_2udc