000 03613nam a2200337 i 4500
035 _a(OCoLC)1139011104
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999 _c212260
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003 ES-MaBCM
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017 _aNA.2149-2019
040 _cES-MaBCM
245 0 0 _aRégimen jurídico de la actuación administrativa
_cÁngel Menéndez Rexack [ ... et al.]
250 _a1ª ed.
260 _aCizur Menor, Navarra:
_bCivitas / Thomson Reuters,
_c2019
300 _a2 v.
_c24 cm
490 0 _aTratados y manuales
504 _aIncluye referencias bibliográficas
505 _aVolumen I: Acto y procedimiento; contratos; jurisdicción contencioso-administrativa -- 325 p. -- ISBN: 978-84-1308-567-8
505 _aVolumen II: Propiedad; expropiación forzosa; responsabilidad patrimonial; bienes; actividades jurídico-administrativas -- 325 p. -- ISBN: 978-84-1308-570-8
520 _aPor la variedad de las materias que en él se tratan, el programa de la asignatura Régimen jurídico de la actuación administrativa parece responder a una mera yuxtaposición de temas, más o menos convencional. No es así, sin embargo. El estudio de la actuación administrativa, con sus dos pilares básicos de prerrogativa y garantía, se debe hacer en el marco de un sistema que permita apreciar la unidad interna del ordenamiento jurídico-administrativo y la coherencia dogmática a que son reconducibles la pluralidad de instituciones y categorías que lo integran. El estudio de la actuación administrativa se aborda desde una doble perspectiva: formal y material. La primera, que constituye el objeto de este primer volumen, parte de la distinción entre tres categorías primarias de actuación que son la norma, la resolución y el contrato. Habida cuenta de que las normas se estudian en la asignatura Fundamentos de Derecho Administrativo, aquí nos centraremos en el acto administrativo (incluyendo el procedimiento) y los contratos del sector público, y su control por la jurisdicción contenciosa. El estudio de la actuación administrativa se aborda desde una doble perspectiva: formal y material. La perspectiva material atiende al contenido de la actuación, en función de su incidencia sobre los ciudadanos. En la doctrina tradicional se sintetizaba en la trilogía policía, fomento y servicio público, pero hoy se puede reducir a la dualidad limitación-prestación, teniendo en cuenta que la denominada actividad de fomento (ayudas de todo tipo, distinciones, etc.) es subsumible en la actividad de prestación. En síntesis, las organizaciones públicas actúan unas veces interviniendo o limitando la actuación de los ciudadanos a través de diversas modalidades de control (autorizaciones, declaraciones responsables o comunicaciones previas, órdenes de ejecución) y otras favorecen la actividad privada y, en general, el desarrollo de la personalidad mediante ayudas o la prestación de servicios de muy variada índole (educación, sanidad, vivienda, cultura, etc.). La explicación de esta tipología de actividades se contiene en el volumen II.
650 7 _aDerecho administrativo
_958277
651 4 _aEspaña
_9115342
700 1 _930840
_aMenéndez Rexach, Ángel
856 _uhttp://mpr.orex.es/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=93eb9cc500e673b42ac8fae2e7e02d1f
_yAcceso al índice -Tomo I
856 _uhttp://mpr.orex.es/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=407cb4a1bc4a0c9bebee98fc6b12756d
_yAcceso al índice -Tomo II
942 _cBK
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650 0 _aRégimen jurídico
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