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040 _cES-MaBCM
100 1 _aPérez Royo, Javier
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245 1 0 _aCurso de derecho constitucional
_cJavier Pérez Royo
250 _a15ª ed.
_brevisada y puesta al día por Manuel Carrasco Durán.
260 _aMadrid :
_bMadrid Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales,
_c2016
300 _a902 p. ;
_c24 cm
490 0 _aManuales universitarios
504 _aIncluye referencias bibliográficas
520 _aEl Estado es el principio de igualdad. Esto es lo que diferencia al Estado de todas las demás formas del poder político conocidas en la historia. Justamente por eso, el Estado es un poder con vocación jurídica. Es, en realidad, el primer y, hasta el momento, el único poder con vocación jurídica que ha existido en la historia de la convivencia humana. No por casualidad, cuando Jules Michelet se pregunta en el prólogo a la primera edición de su Historia de la Revolución Francesa por cuál ha sido la aportación de la Revolución a la historia de la Humanidad, contesta sin dudar que el Derecho. El principio de igualdad es lo que permite expresar unitariamente la vida del Estado. Su proceso de génesis, sus relaciones, una vez constituido, con los ciudadanos, su articulación orgánica... no son más que expresiones de la igualdad. Expresiones más directas en unos casos y más necesitadas de mediaciones en otros, pero expresiones siempre del principio de igualdad.
650 7 _aDerecho constitucional
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_aCarrasco Durán, Manuel
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