000 02681nam a22003137i 4500
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003 ES-MaBCM
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008 160822t2016 sp||||| ||||o00| 0 spa d
017 _aM.17456-2016
020 _a978-84-7476-702-5
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024 _2NIPO
_a004-16-011-5
035 _a(OCoLC)962039421
040 _cES-MaBCM
100 1 _9120376
_aInguanzo Ortiz, Isabel
245 1 0 _aReconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en el Sudeste Asiático
_b: un análisis comparado
_cIsabel Inguanzo Ortiz
250 _a1ª ed.
260 _aMadrid :
_bCentro de Investigaciones Sociológicas,
_c2016
300 _a326 p.
_bgráf.
_c21 cm
490 0 _aMonografías ;
_v297
504 _aBibliografía: p. [289]-302
520 _aEsta investigación trata de explicar por qué en algunos lugares se reconocen los derechos de los pueblos indígenas y en otros no. Gran parte de la literatura se ha basado en experiencias latinoamericanas y anglosajonas que de por sí comparten ciertas características que pueden explicar por si mismas un cierto grado de reconocimiento. No obstante, existen otras realidades contextuales, para las cuales apenas existe teoría sobre este tema. La presente investigación busca poner a prueba teorías ya existentes, pero esta vez aplicadas al área del Sudeste Asiático. Esta región, dada su gran variabilidad interna, permite testar las condiciones que en América Latina y los países anglosajones se comportan como constantes. Para ello se construye un índice que partiendo de un esquema multicultural, busca recoger información relevante sobre el reconocimiento de estos derechos en diferentes realidades contextuales. Después se analizan a través de un análisis en dos fases y la lógica de conjuntos difusos, ciertas condiciones estructurales y coyunturales, que pueden estar detrás del reconocimiento. Las primeras son poco susceptibles de variar en el tiempo y hacen referencia a la tradición colonial de pluralismo legal, la forma de ciudadanía, el peso de la población indígena y la extensión del cristianismo. Las segundas varían a lo largo del tiempo y hacen referencia a la Estructura de Oportunidades Políticas y a la resonancia de los movimientos indígenas. Tras aplicar el análisis se observa que existen tres vías al reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y solo una de ellas se corresponde con la ruta latinoamericana al reconocimiento.
650 7 _aPoblación autóctona
_959790
650 7 _aDerechos de las minorías
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650 7 _aIdentidad cultural
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651 2 0 _aAsia sudoriental
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942 _2udc
_cBK
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