¿Debe la justicia constitucional participar en la agenda de desarrollo humano? Alexis Silva-Tosca
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ArtículoDescripción: 28 pTema(s):
En: Anuario iberoamericano de justicia constitucional Madrid N. 29 (1) (2025), p. 115-142 - En líneaResumen: En el presente artículo se pretende discutir hasta qué grado es necesaria la participación de autoridades jurisdiccionales facultadas para ejercer la justicia constitucional en la agenda pública de desarrollo en un país. Para ello, será conveniente determinar si existe un nexo jurídico legitimante que permita a los jueces constitucionales revisar la actuación de esferas democráticas en materia de desarrollo. Igualmente, se contrapondrán ejemplos de países en los que la justicia constitucional no ha sido primordial en cuestiones de desarrollo de cara a ciertos escenarios donde se considera que esta es imprescindible. Por último, se abordará el caso mexicano en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha tenido participación directa en la política de desarrollo en virtud de sus sentencias estructurales.
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| Biblioteca Central del Ministerio de la Presidencia Sala | Disponible |
Bibliografía: p. 139-142
En el presente artículo se pretende discutir hasta qué grado es necesaria la participación de autoridades jurisdiccionales facultadas para ejercer la justicia constitucional en la agenda pública de desarrollo en un país. Para ello, será conveniente determinar si existe un nexo jurídico legitimante que permita a los jueces constitucionales revisar la actuación de esferas democráticas en materia de desarrollo. Igualmente, se contrapondrán ejemplos de países en los que la justicia constitucional no ha sido primordial en cuestiones de desarrollo de cara a ciertos escenarios donde se considera que esta es imprescindible. Por último, se abordará el caso mexicano en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha tenido participación directa en la política de desarrollo en virtud de sus sentencias estructurales.
