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La función social y la concepción relacional de la propiedad privada Sergio Fuenzalida Bascuñán

Por: Tipo de material: ArtículoDescripción: 30 pTema(s): En: Anuario iberoamericano de justicia constitucional Madrid N. 29 (1) (2025), p. 49-78 - En línea Resumen: La propiedad privada ha sido habitualmente caracterizada como un derecho real del que es titular una persona sobre una cosa. La propiedad, sin embargo, tiene una dimensión social. Esta dimensión ha sido abordada desde dos perspectivas que, si bien encuentran coincidencias desde un plano funcional, se diferencian desde un punto de vista teórico. La primera ha sido desarrollada por el derecho continental y sostiene la función social de la propiedad. Este enfoque ha tenido un amplio reconocimiento a nivel europeo y latinoamericano. La segunda aborda la cuestión desde una perspectiva más amplia a partir de una concepción relacional de los derechos humanos. Esta doctrina ha sido desarrollada en el pensamiento anglosajón. El presente trabajo hace una comparación entre ambas perspectivas destacando los elementos que posibilitan una concepción de la propiedad privada a la luz de la naturaleza social del ser humano y de las exigencias de una mejor convivencia democrática.
Tipo de ítem: Artículos de revistas
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BIbliografía: p. 76-78

La propiedad privada ha sido habitualmente caracterizada como un derecho real del que es titular una persona sobre una cosa. La propiedad, sin embargo, tiene una dimensión social. Esta dimensión ha sido abordada desde dos perspectivas que, si bien encuentran coincidencias desde un plano funcional, se diferencian desde un punto de vista teórico. La primera ha sido desarrollada por el derecho continental y sostiene la función social de la propiedad. Este enfoque ha tenido un amplio reconocimiento a nivel europeo y latinoamericano. La segunda aborda la cuestión desde una perspectiva más amplia a partir de una concepción relacional de los derechos humanos. Esta doctrina ha sido desarrollada en el pensamiento anglosajón. El presente trabajo hace una comparación entre ambas perspectivas destacando los elementos que posibilitan una concepción de la propiedad privada a la luz de la naturaleza social del ser humano y de las exigencias de una mejor convivencia democrática.