El concepto autónomo de responsabilidad civil en el ámbito de la protección de datos personales en la era digital: análisis del artículo 82 del Reglamento 2016/679 Misericordia Cavaller Vergés
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En: Revista de derecho comunitario europeo Madrid N. 79 (sept.-dic. 2024), p. 251-292 - Loc. S.006Resumen: Durante los últimos años, el Tribunal de Luxemburgo ha ido creando, paulatinamente, un concepto autónomo y uniforme de responsabilidad civil por infracción de las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de Datos Personalesque gira en torno a la interpretación del art. 82, objeto del presente análisis. A través de la técnica jurisprudencial de elaboración de un concepto autónomo, se revisa cómo el juzgador europeo está creando un sistema coherente con el espíritu del citado reglamento, que conjuga el derecho de los ciudadanos a proteger sus datos personales con los intereses económicos del mercado único digital. El carácter funcional de este concepto autónomo sirve para delimitar los sujetos responsables, los tres requisitos acumulativos para la obtención de la indemnización por daños y perjuicios, tanto materiales como inmateriales, el daño indemnizable, el sistema de responsabilidad civil, así como la naturaleza de la medida resarcitoria. La aplicación práctica de la norma por parte de los tribunales nacionales de diversos Estados miembros ofrece una visión actual de la materia que sirve para constatar tanto su carácter incompleto como las dificultades a las que se enfrenta, especialmente en el ámbito de la cuantificación de las indemnizaciones por daños morales.
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Durante los últimos años, el Tribunal de Luxemburgo ha ido creando, paulatinamente, un concepto autónomo y uniforme de responsabilidad civil por infracción de las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de Datos Personalesque gira en torno a la interpretación del art. 82, objeto del presente análisis. A través de la técnica jurisprudencial de elaboración de un concepto autónomo, se revisa cómo el juzgador europeo está creando un sistema coherente con el espíritu del citado reglamento, que conjuga el derecho de los ciudadanos a proteger sus datos personales con los intereses económicos del mercado único digital. El carácter funcional de este concepto autónomo sirve para delimitar los sujetos responsables, los tres requisitos acumulativos para la obtención de la indemnización por daños y perjuicios, tanto materiales como inmateriales, el daño indemnizable, el sistema de responsabilidad civil, así como la naturaleza de la medida resarcitoria. La aplicación práctica de la norma por parte de los tribunales nacionales de diversos Estados miembros ofrece una visión actual de la materia que sirve para constatar tanto su carácter incompleto como las dificultades a las que se enfrenta, especialmente en el ámbito de la cuantificación de las indemnizaciones por daños morales.
