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La función pública en España : 1827-2007 Jaime Ignacio Muñoz Llinás

Por: Tipo de material: TextoDetalles de publicación: Madrid : Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, 2019Edición: 1ª edDescripción: 240 p. 24 cmISBN:
  • 978-84-340-2561-5
Tema(s): Género/Forma: Resumen: La obra de Jaime Ignacio Muñoz Minas nos permite comprobar cómo se han ido conformando las diversas relaciones jurídicas entre la Administración y el personal a su servicio, mediante la configuración de un modelo de función pública propio pero permeable a la influencia de los países de nuestro entorno. Un modelo que, progresivamente, ha ido buscado la excelencia del empleo público en España, basado inicialmente en los principios de legalidad, mérito y capacidad, a los que luego se han añadido los de igualdad y publicidad. El autor ha situado el punto de partida de su investigación en el año 1827, que coincide con la aprobación del Estatuto de López Ballesteros, aunque sin olvidar que unos años antes ya se habían empezado a dictar las primeras normas de nuestra función pública contemporánea. Como señala el doctor Muñoz Llinás, es en estas tempranas fechas del siglo XIX cuando asistimos a la desaparición del Estado Absoluto y con ello a la eliminación de una de las múltiples prerrogativas del Rey, que no era otra que la de nombrar y separar libremente al personal encargado de las tareas de gobierno y administración de la nación. A partir de este momento se empieza a vislumbrar la necesidad de contar con un auténtico corpus administrativo independiente y profesional, con el fin de garantizar una gestión eficaz y estable de los asuntos públicos. En cuanto a la elección de la fecha final del periodo investigado, el año 2007, se fundamenta básicamente por dos motivos: en primer lugar, por el hecho evidente de encontrarnos ante la última norma de carácter general que comprende, prácticamente, todo el régimen de función pública a modo de estatuto general. Y, en segundo lugar, deja la puerta abierta a una nueva transformación de nuestro modelo de función pública, generando algunas incógnitas sobre su futuro (del prólogo de Javier Alvarado Planas).
Tipo de ítem: Libros
Existencias
Imagen de cubierta Tipo de ítem Biblioteca actual Biblioteca de origen Colección Ubicación en estantería Signatura topográfica Materiales especificados Info Vol URL Copia número Estado Notas Fecha de vencimiento Código de barras Reserva de ítems Prioridad de la cola de reserva de ejemplar Reservas para cursos
Biblioteca Central del Ministerio de la Presidencia Sala 60489 Disponible 1073013
Total de reservas: 0

Bibliografía: p. 165-172

La obra de Jaime Ignacio Muñoz Minas nos permite comprobar cómo se han ido conformando las diversas relaciones jurídicas entre la Administración y el personal a su servicio, mediante la configuración de un modelo de función pública propio pero permeable a la influencia de los países de nuestro entorno. Un modelo que, progresivamente, ha ido buscado la excelencia del empleo público en España, basado inicialmente en los principios de legalidad, mérito y capacidad, a los que luego se han añadido los de igualdad y publicidad. El autor ha situado el punto de partida de su investigación en el año 1827, que coincide con la aprobación del Estatuto de López Ballesteros, aunque sin olvidar que unos años antes ya se habían empezado a dictar las primeras normas de nuestra función pública contemporánea. Como señala el doctor Muñoz Llinás, es en estas tempranas fechas del siglo XIX cuando asistimos a la desaparición del Estado Absoluto y con ello a la eliminación de una de las múltiples prerrogativas del Rey, que no era otra que la de nombrar y separar libremente al personal encargado de las tareas de gobierno y administración de la nación. A partir de este momento se empieza a vislumbrar la necesidad de contar con un auténtico corpus administrativo independiente y profesional, con el fin de garantizar una gestión eficaz y estable de los asuntos públicos. En cuanto a la elección de la fecha final del periodo investigado, el año 2007, se fundamenta básicamente por dos motivos: en primer lugar, por el hecho evidente de encontrarnos ante la última norma de carácter general que comprende, prácticamente, todo el régimen de función pública a modo de estatuto general. Y, en segundo lugar, deja la puerta abierta a una nueva transformación de nuestro modelo de función pública, generando algunas incógnitas sobre su futuro (del prólogo de Javier Alvarado Planas).

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