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Las barreras electorales : gobernabilidad versus representatividad Joan Oliver Araujo

Por: Tipo de material: TextoSeries Ciencia política ; 73Detalles de publicación: Valencia : Tirant lo blanch, 2017Descripción: 244 p. ; 22 cmISBN:
  • 978-84-9143-842-7
Tema(s): Resumen: Si ninguna norma electoral es inocente, mucho menos lo son aquellas que regulan las barreras electorales, esto es, las cláusulas en virtud de las cuales se establece el porcentaje mínimo de votos que debe lograr una candidatura para poder participar en la fase de distribución de los escaños en disputa. Con ellas se producen tres efectos: primero, convertir en inútiles los votos emitidos a favor de las candidaturas que no han superado el porcentaje de apoyos exigido; segundo, eliminar la posibilidad de representación de estos partidos; y tercero, primar en escaños a los partidos que sí consiguen superar la barrera. Su modificación siempre se justifica en respetables argumentos jurídicos (para subirla se invoca la gobernabilidad y para bajarla, la representatividad), sin embargo los verdaderos motivos son, en todos los casos, políticos y, a menudo, espurios. A pesar del silencio de la Constitución de 1978 en este punto, el ordenamiento jurídico estatal y los ordenamientos jurídicos autonómicos han previsto la utilización de cláusulas de exclusión en las elecciones al Congreso de los Diputados, en las elecciones a los diecisiete Parlamentos autonómicos y en las elecciones a los órganos de gobierno de los entes locales (Ayuntamientos, Cabildos canarios y Consejos Insulares de Baleares). Su análisis constituye el objeto central de este trabajo.
Tipo de ítem: Libros
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Biblioteca Central del Ministerio de la Presidencia Sala 59724 Disponible 1072068
Total de reservas: 0

Bibliografía: p. [229]-244

Si ninguna norma electoral es inocente, mucho menos lo son aquellas que regulan las barreras electorales, esto es, las cláusulas en virtud de las cuales se establece el porcentaje mínimo de votos que debe lograr una candidatura para poder participar en la fase de distribución de los escaños en disputa. Con ellas se producen tres efectos: primero, convertir en inútiles los votos emitidos a favor de las candidaturas que no han superado el porcentaje de apoyos exigido; segundo, eliminar la posibilidad de representación de estos partidos; y tercero, primar en escaños a los partidos que sí consiguen superar la barrera. Su modificación siempre se justifica en respetables argumentos jurídicos (para subirla se invoca la gobernabilidad y para bajarla, la representatividad), sin embargo los verdaderos motivos son, en todos los casos, políticos y, a menudo, espurios. A pesar del silencio de la Constitución de 1978 en este punto, el ordenamiento jurídico estatal y los ordenamientos jurídicos autonómicos han previsto la utilización de cláusulas de exclusión en las elecciones al Congreso de los Diputados, en las elecciones a los diecisiete Parlamentos autonómicos y en las elecciones a los órganos de gobierno de los entes locales (Ayuntamientos, Cabildos canarios y Consejos Insulares de Baleares). Su análisis constituye el objeto central de este trabajo.

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