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¿Quo vadis, jurisdicción voluntaria? : (la reestructuración parcial de la materia en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de jurisdicción voluntaria) Piedad González Grande

Por: Tipo de material: TextoSeries Colección de derecho procesalDetalles de publicación: Madrid : Reus, 2015Edición: 1ª edDescripción: 252 p. ; 25 cmISBN:
  • 978-84-290-1858-5
Tema(s): Resumen: Este libro constituye un análisis procesalista de la nueva Ley 15/2015, de 3 de julio, de Jurisdicción Voluntaria. Si uno de los pilares de la ciencia del Derecho Procesal es la Jurisdicción, el análisis de la llamada Jurisdicción Voluntaria plantea de manera ineludible la necesidad de acotar y diferenciar debidamente el campo de lo jurisdiccional, frente al cual adquiere verdadera naturaleza. En este momento, en que la Ley comienza su andadura, todos los operadores jurídicos hemos de mostrar estar a la altura del reto que supone la irrupción en escena de una nueva iniciativa legislativa que viene a modificar los papeles adjudicados a los distintos actores del entramado. En primer lugar, formándonos adecuadamente, conociendo en profundidad su contenido y asumiendo los progresos del texto legal, a fin de suplir sus carencias, porque no creemos en la omnipotencia ni en la infalibilidad del legislador.
Tipo de ítem: Libros
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Incluye referencias bibliográficas

Este libro constituye un análisis procesalista de la nueva Ley 15/2015, de 3 de julio, de Jurisdicción Voluntaria. Si uno de los pilares de la ciencia del Derecho Procesal es la Jurisdicción, el análisis de la llamada Jurisdicción Voluntaria plantea de manera ineludible la necesidad de acotar y diferenciar debidamente el campo de lo jurisdiccional, frente al cual adquiere verdadera naturaleza. En este momento, en que la Ley comienza su andadura, todos los operadores jurídicos hemos de mostrar estar a la altura del reto que supone la irrupción en escena de una nueva iniciativa legislativa que viene a modificar los papeles adjudicados a los distintos actores del entramado. En primer lugar, formándonos adecuadamente, conociendo en profundidad su contenido y asumiendo los progresos del texto legal, a fin de suplir sus carencias, porque no creemos en la omnipotencia ni en la infalibilidad del legislador.

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