Los ausentes quedan legitimados para impugnar los acuerdos del artíulo 17.1 Ley de propiedad horizontal aunque no manifiesten su discrepancia en el plazo de 30 días desde su notificación Vicente Magro Servet
Tipo de material:
ArtículoTema(s): Género/Forma:
En: En: La Ley Madrid V. 2 (2009), p. 1561-1564 (D-137)
Artículos de revistas
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