El tercio de herencia gravado por el usufructo del cónyuge viudo cuando los legitimarios son los hijos del causante Manuel Albaladejo García
Tipo de material:
ArtículoIdioma: Español Tema(s):
En: En: Actualidad civil Madrid : 1991 nº 31, agosto-septiembre ; p. 423-430Resumen: La razón de que el usufructo legal vidual recaiga sobre la mejora es gravar con él el tercio libre, mermando así aún más la libertad de testar. Y con tal razón es claro que su conmutación debe pagarse de la mejora.
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La razón de que el usufructo legal vidual recaiga sobre la mejora es gravar con él el tercio libre, mermando así aún más la libertad de testar. Y con tal razón es claro que su conmutación debe pagarse de la mejora.
