La prisión atenuada como medida cautelar aplicable con carácter general, y la vigencia de la Ley de 10 de septiembre de 1931 Francisco Javier Álvarez García y Argelia Queralt Jiménez
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En: En: . La ley Madrid Año XXVI (2005), n. 6174 (en.), p. 1-6Tema: Se critica la aplicación por Jueces y Tribunales, y la postulación por Abogados Fiscales, de la prisión provisional como única medida cautelar de privación de libertad, siendo así que tiene plena vigencia la Ley de 10 de septiembre de 1931 que incorporó a la Ley de Enjuiciamiento Criminal el arresto domiciliario como medida cautelar con alcance general.
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Se critica la aplicación por Jueces y Tribunales, y la postulación por Abogados Fiscales, de la prisión provisional como única medida cautelar de privación de libertad, siendo así que tiene plena vigencia la Ley de 10 de septiembre de 1931 que incorporó a la Ley de Enjuiciamiento Criminal el arresto domiciliario como medida cautelar con alcance general.
