La inmunidad de jurisdicción de las organizaciones internacionales Presentada por Óscar García Maceiras ; dirigida por Susana Sanz Caballero
Tipo de material:
TextoSeries Doctorado ; 11Detalles de publicación: Madrid : Civitas , 2024Edición: 1ª edDescripción: 381 p. ; 24 cmISBN: - 978-84-1162-252-2
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| Biblioteca Central del Ministerio de la Presidencia Sala | 63186 | Disponible | 1076300 |
Bibliografía: p. 333-381
El incremento de la actividad de las organizaciones internacionales, claves en la promoción, protección y desarrollo de los derechos humanos, provoca que sean susceptibles de poder ellas mismas vulnerar derechos de terceros. Ante demandas de esos terceros reclamando ser compensados, la respuesta que tradicionalmente han venido dando las organizaciones internacionales es el ampararse en su inmunidad, cuyo fundamento es diferente del que justifica la inmunidad de los Estados. Actualmente, la inmunidad es mayoritariamente objeto de una interpretación restringida funcional que, superando la distinción entre actos de "iure imperii" y de "iure gestionis" propia de los Estados, sólo justifica que se obstaculice el acceso a la justicia cuando ello sea necesario para el cumplimiento de los fines de la organización internacional y sea proporcional, lo que suele conllevar la exigencia de que la organización cuente con mecanismos alternativos de resolución de controversias. Aunque no existe una codificación general del régimen de inmunidades de las organizaciones internacionales, sí hay reglas específicas aplicables a ciertas organizaciones como las Naciones Unidas o la Unión Europa, junto a normas en los ordenamientos internos y decisiones de Tribunales internacionales y nacionales. La monografía analiza este conjunto normativo y jurisprudencial poniendo especial foco en la situación actual en Estados Unidos y en España, y plantea una posible evolución futura de la inmunidad de los organismos internacionales en los supuestos en los que se haya producido una grave violación de Derechos Humanos.
